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Nuevo límite de exención para actividades agrícolas, ganaderas, de pesca y silvícolas.

Miercoles 01 de Diciembre de 2021
Nuevo límite de exención para actividades agrícolas, ganaderas, de pesca y silvícolas.

 

Con el nuevo Régimen Simplificado de Confianza se ha disminuido el monto exento para las personas físicas que se dedican a actividades primarias.

En la actualidad las personas físicas que realizan actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras tienen la exención en el pago de Impuesto Sobre la Renta (ISR) si tienen ingresos hasta $1,308,452.00 MXN, con el nuevo régimen quedarán exentos hasta los $900,000.00 MXN efectivamente cobrados, por los ingresos provenientes de dichas actividades. En caso de que los referidos ingresos excedan dicho monto, a partir de la declaración mensual correspondiente se deberá pagar el impuesto conforme al Régimen Simplificado de Confianza de personas físicas, en los términos que se determine mediante reglas de carácter general que al efecto emita el Servicio de Administración Tributaria.

Para efectos del párrafo anterior, se considera que los contribuyentes se dedican exclusivamente a las actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras cuando el total de sus ingresos representan el 100% por estas actividades.

 

Fundamento ART.113-E LISR.